| ACLARACIÓN |
30/03/2006 Muchos titulares de garajes nos han hecho llegar su inquietud con motivo de un texto -que recientemente han recibido sin conocer su origen- relacionado con los aportes a la mutual sindical mencionados en el convenio colectivo vigente para la actividad que desarrollan, texto que nuestra casa, en diversas ocasiones y desde hace tiempo, incluyó en su publicación NOTIAES, exclusivamente referido al Convenio Colectivo de Trabajo Nº 317/99 correspondiente a estaciones de servicio. El material de referencia, según fuimos informados, es acompañado con un ejemplar del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 428, aplicable a garajes y playas de estacionamiento. Es nuestro deber aclarar que nuestra asociación es ajena por completo a la difusión de estos elementos, y que lo escrito sobre el tema de la mutual fue extraído, indudablemente y sin autorización alguna, de nuestro ya mencionado NOTIAES. Consejo Directivo |
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Asociación Estaciones de Servicio
de la República Argentina
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