La AFIP facilita el cálculo de la tasa de infraestructura hídrica
   

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en su página Web  un nuevo servicio que permite calcular la tasa a ingresar a fin de cancelar el impuesto que nutre el Fondo Hídrico de Infraestructura.

El nuevo tributo alcanza las operaciones de transferencia de naftas efectuadas a partir del 20 de diciembre pasado . Hasta el próximo 22 de marzo deberán perfeccionarse las obligaciones generadas entre diciembre de 2006 y febrero de 2007 .

La aplicación del nuevo impuesto a las transferencias de naftas busca financiar, con su recaudación, el Fondo Hídrico de Infraestructura  y caduca el 31 de diciembre de 2029.

Características del gravamen
El impuesto recae sobre la transferencia a título oneroso o gratuito y la importación de nafta -que contenga plomo o no, diferenciando en cada caso, si llega o sobrepasa los 92 RON-.

A su vez grava las mismas operaciones sobre el gas natural distribuido destinado a gas natural comprimido para el uso como combustible en automotores , o cualquier otro combustible líquido que los sustituya en el futuro.

Las tasas previstas serán del 5% cuando se trate de los diferentes tipos de naftas antes mencionados y del 9% en el caso de gas natural distribuido destinado a gas natural comprimido.

Tanto la presentación de la declaración jurada como el ingreso de fondos para la cancelación de la obligación fiscal se hará a través de la transferencia electrónica de datos.

Régimen de anticipos
Los sujetos obligados deberán ingresar los anticipos en concepto de pago a cuenta del impuesto que corresponda abonar al vencimiento del respectivo período fiscal.

En efecto, la declaración jurada del mes anterior servirá de base para el cálculo de los porcentajes para cada anticipo del período a liquidar. Una vez determinados podrá deducirse de los mismos las percepciones sufridas con motivo de la importación del producto gravado y los correspondientes pagos a cuenta.

El tributo
Las sumas recaudadas implican la afectación específica al desarrollo de:

  • Proyectos, obras, mantenimiento y servicios de infraestructura hídrica.
  • Recuperación de tierras productivas.
  • Control y mitigación de inundaciones y de protección de infraestructura vial y ferroviaria.

Los montos recaudados serán distribuidos por redes destinado a gas natural comprimido para el uso como combustible en automotores o cualquier otro combustible líquido que los sustituya en el futuro.

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Fuente: infobaeprofesional.com

        

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