| REGLAMENTARON LA LEY 26.093 DE BIOCOMBUSTIBLES |
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En razón de esta ley, reglamentada por Decreto 109/2007 publicado en B.O. el día 13/02/07, y que procura fomentar la producción de biodiésel, se dispone que hacia el año 2010, los productos obtenidos de las mezclas de Biocombustibles y combustibles fósiles, habilitados para su comercialización y consumo por el mercado interno se identificarán como B5 , compuesto por noventa y cinco por ciento (95%) de gasoil y cinco por ciento (5%) de biodiesel; B100 , compuesto por cien por ciento (100%) de biodiesel; E5 compuesto por noventa y cinco por ciento (95%) de naftas y cinco por ciento (5%) de etanol y E100 , compuesto por cien por ciento (100%) de etanol. La autoridad de aplicación podrá aprobar mezclas con productos sustitutos de combustibles fósiles, adoptando las medidas de identificación y resguardo que correspondan, o bien de las que surjan por lo establecido en los Artículos 7º y 8º de la Ley 26.093.- Dicha Ley define como biocombustibles al bioetanol, biodiésel y biogás, que se producen a partir de materias primas de origen agropecuario, agroindustrial o desechos orgánicos. La idea es posibilitar la combinación de naftas, gasoil, con "aceites" de origen vegetal. Concretamente, el esquema de combinaciones sería: Gasoil con biodiésel : el 9% de la producción actual de aceites de oleaginosas podría cubrir el cupo del 5% del gasoil y diéseloil. Gas combustible con biogás : se genera por la utilización de materiales orgánicos. Nafta con bioetanol : el bioetanol es un alcohol que se genera a partir del maíz. En este caso el 2% de producción de maíz permitiría cubrir el 5% necesario para generar el 5% que conforma los biocombustibles VENTAJAS:
Fuente consultada : Diario “La Nación” (Notas de Ricardo Fisch y Samanta Linares) ASESORÍA LEGAL A.E.S |
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