| BOCAS DE EXPENDIO DE GAS NATURAL COMPRIMIDO |
(Art. 14 inc. d), Resolución S.E. 1102/04)
El artículo 15 de la citada resolución exige, para las bocas sujetas a contrato de locación, la constitución de una “garantía de la actividad” a favor de la Secretaría de Energía, por $ 50.000, que pueden constituirse mediante depósito en efectivo, aval bancario, seguro de caución, prenda con registro o hipoteca. Modelo de solicitud del certificado de libre deuda exigido, con carácter previo al trámite de inscripción, por el artículo 19 de la resolución. (haga click aquí)
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