Sanción del ENARGAS a un Representante Técnico
   

31/10/06.

Con relación a la sanción impuesta por el ENARGAS, a través de la Resolución ENARGAS 3500/2006 y el rechazo del recurso interpuesto por el Representante Técnico elaboré el Dictamen Jurídico que se acompaña en archivo adjunto.

Luego de casi dos años del siniestro que les costara la vida a dos personas la situación se presenta de la siguiente manera:

1) La estación de carga de GNC siniestrada que operaba bajo la razón social EMFACO S.A. opera bajo otro nombre y continúa expendiendo GNC.

2) La Licenciataria del Servicio de Distribución Gas Natural Ban S.A. está cuestionado la multa impuesta y sigue con su Licencia normalmente.

3) El Representante Técnico es el único sujeto, entre los sancionados,  que no puede desarrollar su actividad , toda vez que la sanción fue de: INHABILITACION EN EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD DENTRO DEL AMBITO DEL ENARGAS, por el PLAZO DE 2 (DOS) AÑOS.

Finalmente, esta sanción ha causado mucho malestar y preocupación entre todos los Representantes Técnicos.

Ver dictamen jurídico

Dr. Luís María Navas
Asesor Legal de A.E.S.

        

Home
     
Asociación Estaciones de Servicio de la República Argentina
Av. Belgrano 3700 Tels.: 4957-2711/4931-2765
Fax: 4957-2925 e-mail: aes@aesargentina.com