Una Resolución del ENARGAS permite la conversión vehicular en las Terminales Automotrices
   

Mediante la Resolución ENARGAS 3679/2007 la Autoridad Regulatoria determinó el procedimiento para las conversiones efectuadas en las terminales automotrices.

Esta Resolución obedeció a una presentación de RENAULT ARGENTINA S.A. en conjunto con el PEC SITEC S.R.L. debido a observaciones que el Ente realizó en la Planta Santa Isabel, Provincia de Córdoba.

En efecto, la Resolución ENARGAS Nº 2603/02 que modificó el “Procedimiento para la conversión, revisión anual, modificación o baja de equipos para GNC” no tenía en cuenta, en forma explícita, el tratamiento de vehículos convertidos en las terminales automotrices.

La falta de una normativa específica, junto a otros factores, determinó que RENAULT ARGENTINA S.A. cesara en el desarrollo del GNC en los modelos MEGANE, CLIO 2, KANGOO PASAJERO y KANGOO KOMBI.

Ahora, al existir una norma que habilita la conversión de un vehículo automotor desde una terminal automotriz, puede ser que nuevamente la citada empresa tomé la decisión de continuar con el desarrollo del GNC en sus vehículos.

Dr. Luis María Navas

Asesor Legal de A.E.S.

        

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