| Productores de Equipos Completos (PECs) y Representantes Técnicos (RT): Nueva regulación del ENARGAS |
| El ENARGAS modificó aspectos importantes de las relaciones entre los PECs y los RTs. Lo hizo mediante la Resolución ENARGAS 3680-2007 que rige desde hoy.
Esta Resolución viene a cubrir lagunas con respecto al procedimiento que delimitase las zonas de incumbencia de cada uno de los RTs dentro de la actividad de un mismo PEC y las responsabilidades de cada uno de los RTs, habilitados.
Los puntos más salientes son:
* Se derogan los procedimientos con la asignación de zonas de incumbencias.
* Cada PEC podrá disponer de tantos RTs como resulten necesarios y suficientes para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de GNC.
* Cada RT es solo responsable de sus intervenciones.
* El RT de un PEC para GNC, no podrá, en forma simultánea, estar designado como RT de otro PEC.
* El RT, responsable de una operación de Conversión, Revisión anual, Modificación o Baja, será responsable de verificar en forma fehaciente que los datos registrados en el Sistema Informático Centralizado para GNC del ENARGAS, se correspondan en su totalidad con los consignados en la Ficha Técnica por él intervenida.
* El PEC para GNC, sólo podrá tener un único domicilio denunciado frente al ENARGAS como lugar de guarda de obleas y Fichas Técnicas de operaciones reconocidas por el sistema, independientemente de la cantidad de sucursales reconocidas y/o habilitadas por el PEC para GNC, para sus fines comerciales.
Dr. Luis María Navas Asesor Legal de A.E.S.
|
![]() |
Asociación Estaciones de Servicio
de la República Argentina
Av. Belgrano 3700 Tels.: 4957-2711/4931-2765 Fax: 4957-2925 e-mail: aes@aesargentina.com |