| GESTIÓN ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS |
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| DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES |
| Cumplimos en informar a nuestros colegas de la C.A.B.A. que nuestra Asociación se ha presentado ante la Dirección General mencionada, reiterando solicitudes anteriores enderezadas a exponer la grave situación que afecta al expendio de combustibles que en su mayoría se efectúa por medio de tarjetas de crédito y/o de débito soportando una retención del impuesto a los Ingresos Brutos. De tal modo se genera un saldo a favor, en este impuesto, que afecta el desarrollo económico y financiero de nuestros asociados.
Surge del Código Fiscal vigente una apropiación indebida del patrimonio de nuestros representados que se manifiesta, claramente, comparando la normativa aplicada a otros regímenes. Ahora bien, el sistema electrónico de ventas con tarjetas habilita al agente de retención a detraer un importe sobre el total de las ventas que significa una confiscación por encima de la real tributación. Es por ello que A.E.S. se ha dirigido a la Dirección arriba mencionada teniendo en cuenta que la Secretaría de Hacienda y Finanzas tiene la facultad para efectuar la interpretación de la normativa tributaria y fijar la base imponible sobre la cual se aplicará la retención respectiva. Esto es que para el caso de contribuyentes que desarrollen actividades que tengan supuestos especiales de base imponible la retención debería calcularse sobre el 15% del total del pago, operación o equivalente aplicando la alícuota del 2,5% resultando, entonces, el impuesto a ingresar. De adoptarse este temperamento lejos de conllevar un privilegio, se preservaría la equidad e igualdad en la aplicación de la normativa tributaria. Nota: En el supuesto de que algún colega expendedor se encontrara en la situación descripta le solicitamos se comunique con nuestra entidad. CONSEJO DIRECTIVO
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