SEÑOR EXPENDEDOR DE GNC
   

09/12/2005

Como es de su conocimiento nuestro sector expendedor de GNC esta muy próximo a ingresar en una etapa de cambios significativos en la forma de adquirir el producto objeto de vuestra actividad, debido a los cambios que introdujo el M.E.G. (Mercado Electrónico de Gas) a través de la RG 752/05

Este cambio traerá aparejado, además de un mayor valor del costo específico del GNC, la aparición de un importante número de costos administrativos y financieros que el estacionero deberá soportar, como consecuencia del funcionamiento del sistema.

El nuevo método de compra del GNC obliga al expendedor a presentar una Oferta Irrevocable de compra POR EL PLAZO DE UN AÑO y por una determinada cantidad de módulos de gas natural de 200 m3/día. Esta cantidad de m3 de gas natural es la que cada estación de carga tendrá disponible, y se denominará la Cantidad Diaria Contractual (CDC).

Las estaciones de carga que durante el período estival presenten consumos mayores a los del resto del año, podrán solicitar módulos adicionales para los períodos comprendidos entre el 01 de enero y el 30 de abril y desde el 01 de octubre y el 31 de diciembre.

De aquí resulta que si bien las estaciones podrán solicitar una cantidad de m3 menor a la de sus necesidades de consumo y obtener el remanente en el mercado spot (diario), esto también implica un cierto riesgo de abastecimiento y mayor costo para el período invernal.

Además, y mucho más importante, es que cada modulo de compra tendrá un TOP (obligación de tomar o pagar) no inferior al 75% de la CDC y un DOP (obligación de entregar o pagar que recae sobre el productor) del 100% de la CDC. Para calcular el TOP se tomaran en cuenta los consumos de todo un bimestre y, si éstos están por debajo del 75% de la CDC del total de un bimestre, aparece la obligación de pagar el TOP. Si aún así se incurriera en TOP, se podrá recuperar éste en un plazo de 4 meses, pudiendo solicitar diariamente hasta la CDC. EL DOP se calculará sobre base diaria (implica que el productor se obliga a entregar por día hasta la CDC y no más).

Como conclusión sacamos que:

a) Si compramos lo suficiente para abastecernos en los buenos meses de venta corremos el riesgo de tener que pagar por lo que no consumimos.

b) Si compramos menos y vamos a buscar el resto al mercado spot diario, corremos el riego de no conseguir y en los meses invernales pagar mucho más caro.

Para evitar este tipo de PELIGROSOS INCONVENIENTES nuestra Asociación Estaciones de Servicio ha venido trabajando con varias entidades, que actuarán entre los productores y el expendedor para obtener los siguientes beneficios:

  • Solicitar, por cuenta y orden de las estaciones asociadas a la ASOCIACION ESTACIONES DE SERVICIO, los volúmenes de gas natural requeridos y celebrar los contratos de suministro con los productores por los volúmenes totales asignados.
  • Efectuar las nominaciones diarias al productor como así también a la distribuidora, transportista (en caso de que sea necesario), en función de los volúmenes acordados
  • Cubrir los desbalances de la estación de carga (eliminando el riesgo de penalidades y mayores costos por gas adicional)
  • Flexibilizar las cláusulas de TOP de las Ofertas Irrevocables, quedando el TOP definido en un menor valor respecto de la Oferta Irrevocable.
  • Facilitar las gestiones de administración y cobranza, de modo que las estaciones de carga pueden realizar sus pagos de gas y los servicios mediante las mismas herramientas y operatoria que hoy utilizan para sus pagos a la distribuidora

La AES además de haber chequeado la SOLVENCIA de las entidades intermedias, esta negociando que el costo de los mencionados servicios sean los más competitivos del mercado.

Es importante destacar que con la implementación del MEG han aparecido una importante cantidad de “CONSULTORAS, ASESORES o ENTIDADES INTERMEDIAS” que ofrecen, mediante el pago de un honorario, la realización de muchas de las tareas señaladas. NO SE DEJE ENGAÑAR. Recuerde que estas entidades intermedias serán las receptoras del monto total del dinero equivalente al total de compra de GNC que UD realice en el MEG. VERIFIQUE su SERIEDAD Y SOLVENCIA. El no pago además del corte del suministro inmediato lo hace solidario obligándolo a volver a pagar.

INICIO DEL SISTEMA DEL MEG

Según lo dispuesto por la RES 752/05 en el mes de enero del 2006 debería estar funcionando el sistema.

Si tenemos en cuenta que:

a) el primer paso es la obtención de un número de COTIZANTE que habilitará a la Estación de Servicio a participar en el presente mecanismo, y a la fecha no existen datos de dónde y cómo obtener dicho número, y

b) una vez obtenido dicho número y entre el 12 y el 16 de diciembre se deberá presentar la Oferta Irrevocable de Compra, y

c) entre el 23 y el 27 de diciembre se deberá celebrar el contrato de compra con el proveedor adjudicado por el MEG,

creemos que es de práctica imposible el inicio del sistema en el próximo mes de Enero 2006.

QUEDAMOS A SU DISPOSICION PARA ACLARAR CUALQUIER TIPO DE DUDA AL RESPECTO Y SEGUIMOS TRABAJANDO PARA UD.

        

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