| INFORME DE AFIP SOBRE IMPUESTO A LAS GANANCIAS PARA SOCIEDADES |
Buenos Aires, 24 de Abril de 2006. SR. PRESIDENTE DE Asociación Estaciones de Servicio de la R.A. (AES) Sr. Alberto Vazquez Av. Belgrano 3700 PISO OF. (1210) - Ciudad Autónoma de Bs.As. Me dirijo a usted a fin de solicitarle tenga a bien difundir entre sus asociados la novedad que le informamos en la presente, vinculada a la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias para sociedades, a vencer el próximo mes de mayo de 2006. En tal sentido, le recordamos que según dispone la Resolución General AFIP N° 2020/06, las empresas cuyo cierre de ejercicio comercial opere a partir del mes de diciembre de 2005, inclusive y -concurrentemente- hayan obtenido ingresos por un monto anual mayor o igual a $ 1.000.000, deben utilizar el programa aplicativo denominado "GANANCIAS PERSONAS Considerando que diversas entidades han manifestado la dificultad que presentan algunas empresas, para recabar la totalidad de la información requerida en el aplicativo citado en el párrafo anterior, se prevé que excepcionalmente el contribuyente podrá cumplir con la obligación de presentación y pago durante los vencimientos del mes de mayo, utilizando el programa aplicativo "GANANCIAS SOCIEDADES - Versión 6.0". Quienes opten por esta alternativa, deberán en el plazo que se informe mediante resolución general, realizar una nueva presentación de la Declaración Jurada, utilizando para ello el programa aplicativo denominado "GANANCIAS PERSONAS JURIDICAS - Versión 7.0". Adicionalmente, los contribuyentes podrán realizar consultas comunicándose con el Centro de Información Telefónica al número 0810-999-2347, de lunes a viernes de 8 a 20 horas. Finalmente, en el entendimiento de que los esfuerzos mancomunados de difusión facilitarán el correcto cumplimiento de la obligaciones impositivas, lo saludo atentamente. Subdirección General de Servicios al Contribuyente |
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