Ley de Biocombustibles.- B.O. 15/05/06
   

Ley 26.093. Por medio de la ley se establecen beneficios promocionales para los proyectos de radicación en el país de industrias de biocombustibles. A estos fines, se entiende como biocombustible al bioetanol, biodiesel y biogás, que se produzcan a partir de materias primas de origen agropecuario, agroindustrial o desechos orgánicos.

Los beneficios impositivos son:

  • En lo referente al IVA y al Impuesto Ganancias, será de aplicación la ley 25.924 para la adquisición de los bienes de capital o la realización de obras de infraestructura del proyecto.
  • Los bienes que estén afectados al proyecto no integrarán la base de imposición del impuesto a la ganancia mínima presunta.
  • El biodiesel y el bioetanol producidos en el proyecto, no estarán alcanzados por la tasa de infraestructura hídrica, tampoco por el impuesto a los combustibles líquidos y el gas natural.

Fuente : ARIZMENDI

        

Home
     
Asociación Estaciones de Servicio de la República Argentina
Av. Belgrano 3700 Tels.: 4957-2711/4931-2765
Fax: 4957-2925 e-mail: aes@aesargentina.com