VEHICULOS CON PATENTES VIEJAS  
¿PUEDEN CARGAR GNC?
   

22/02/07

Habiendo analizado la Ley de Tránsito Nº 24.449/1994 y su Decreto Reglamentario PEN 646/1995; el Régimen Jurídico del Automotor a través de su Decreto Ley 6582/1958 y su Texto Ordenado por el Decreto 1114/1997, no surge que los vehículos con patentes anteriores a las actuales (las que constaban de una sola letra, C para Capital Federal; B para Provincia de Buenos Aires, etc.) no puedan circular.

La realidad es que estos vehículos, bastante desarreglados, circulan e ingresan a las estaciones de carga de GNC para obtener este combustible. Varios de estos vehículos pueden tener obleas vigentes pero de dudosa procedencia.

El ENARGAS desactivó de su sistema informático la posibilidad que a estos vehículos se les pueda renovar la oblea a partir de Septiembre/Octubre de 2006. Sencillamente no se pueden cargar los datos. Sin embargo, no hay ninguna norma expresa del organismo que impida cargar GNC a vehículos con estas patentes. En definitiva, estos vehículos tendrán oblea vigente hasta Septiembre/Octubre de 2007.

De acuerdo a lo indicado precedentemente y como la estación de carga de GNC no puede acceder al SIC (Sistema Informático Centralizado) con el dominio del automóvil para verificar sus datos y conseguir el DNI del titular a veces no resulta posible porque quien conduce el vehículo no es su titular, sugerimos comunicarse con el ENARGAS y constatar que el vehículo se encuentre habilitado para cargar GNC antes de iniciar la carga.

Dr. Luis María Navas
Asesor Legal de AES

        

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