RESOLUCION Nº 3393/05 ENARGAS  
"MANGUERAS PARA SURTIDORES DE GNC"
   
El ENARGAS ha emitido la Resolución Nº 3393 mediante la cual se aprueba la especificación Técnica NAG *E 409 "Mangueras para surtidores de GNC * Instructivo para su instalación, utilización y control" la cual comprende la nueva metodología a aplicar en el control, utilización e instalación de las mangueras de los surtidores de despacho de Gas Natural Comprimido.

De la misma podemos resaltar los siguientes puntos:

A- MANGUERAS DEL SURTIDOR a VALVULA DE CARGA

1) Se deberá evitar en los momentos de carga el esfuerzo físico (cargas axiales, cargas transversales, flexión excesiva, torsión excesiva, aplastamientos, quiebres, abrasión, retorcido y temperaturas excesivas) y evitar adoptar radios de curvatura menores a los mínimos especificados por el fabricante o importador para no reducir su período de utilización.-

2) Se realizará una constante inspección visual del estado de la manguera para detectar desgastes del revestimiento por roces, esfuerzos, detección de fugas, variaciones de la sección, imperfecciones en los terminales. En caso de verificarse pérdidas, durante la inspección o en cualquier otra circunstancia, se deberá cerrar inmediatamente la válvula del surtidor para despresurizar la manguera y luego proceder a su cambio inmediato.-

Verificar los Nº de serie de cada manguera (debe coincidir con la documentación de las mismas).-

No se deberá cubrir la misma a efectos de protección para permitir la inspección visual de la misma en todo momento.-

3) Ante cualquier anomalía, consultar con el Representante Técnico.-

4) No utilizar mangueras de las cuales no se disponga de los respectivos certificados de fabricación respaldatorio.-

B- MANGUERAS DE LA VALVULA DE CARGA a PICO DE CARGA

1) Verificar los puntos del 1 al 4.-

2) Reemplazar este tramo cada 12 meses

C- RESPONSABILIDADES DE LA ESTACION DE CARGA Y SU REPRESENTANTE TECNICO (como responsables solidarios)

Brindar capacitación al personal de la estación de Carga que corresponda, según sus tareas actuales y potenciales para el cumplimiento de lo requerido en la presente resolución y llevar un registro de la capacitación efectuada.

Desarrollar un procedimiento para el cumplimiento de cada una de las tareas correspondientes a la capacitación recibida

Verificar el cumplimiento de la realización de esas tareas por el personal y efectuarlas "per se" cuando sea el caso.

Cumplimiento de lo definido en el punto B) 2) anterior.-

Cualquier cambio y/o variación informar al Representante Técnico el cual llevara un listado actualizado de cada manguera de cada surtidor

Representante Técnico de A.E.S.

 

        

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