INFORME DEL SUBSCRETARIO DE COMBUSTIBLES LIC. CRISTIAN FOLGAR  
A LOS EXPENDEDORES DE GNC:
   
Para su conocimiento y difusión a operadores de GNC:
Según lo dispuesto en el Decreto 180/2004 y la Resolución 752/2005
(ambas normas pueden ser consultadas en http://infoleg.mecon.gov.ar), a
partir del 1 de enero 2006, las estaciones de GNC comenzarán a recibir
el gas natural en boca de pozo en forma directa, disponiendo cada una de
ellas de un contrato. El transporte y distribución se podrá requerir a
cada distribuidora como hasta ahora.

A estos efectos se diseñó un mecanismo que simplifica esta transición de
modo tal que, por cada cuenca y en condiciones competitivas, todas las
estaciones recibirán el gas al mismo precio.
Adjunto a este mail encontrarán cinco archivos. El que se identifica
como Prospecto, describe sintéticamente las reglas aplicables. Otros dos
archivos describen los modelos de contratos que regirán a las partes.
Los otros dos son los formularios a llenar por cada estación de GNC.
Observen que estos últimos tienen dos partes. Uno que sirve para
identificar a cada estación (que es reservado) y otro que sirve para
participar del mecanismo de asignación.

Estos documentos son PROVISORIOS. No deben utilizarse los mismos para
participar del mecanismo. Son simplemente borradores de consulta que se
mejorarán en función de los comentarios que esperamos recibir de las
partes involucradas.

Cristian Folgar
Subsecretario de Combustibles
Secretaría de Energía

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