Legislación
Artículo 1°.- De acuerdo con lo establecido en el Código Fiscal, los impuestos, tasas y
demás contribuciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires correspondientes al
año 2010 se abonan conforme a las alícuotas y aforos que se determinan en el Anexo
I que forma parte de la presente Ley.
Art. 2°.- Las disposiciones de la presente Ley tienen vigencia a partir del 1° de enero
de 2010.
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ART-Superintendencia de Riesgos del Trabajo RIESGOS DEL TRABAJO
Establécense los exámenes médicos en salud que quedarán incluidos en el sistema de riesgos del trabajo.
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Administración Federal de Ingresos Públicos
IMPUESTOS
Impuesto sobre los Combustibles Líquidos. Ley Nº 23.966. Resolución General Nº 1104, sus modificatorias y complementarias. Resolución General Nº 1234, texto sustituido por la Resolución General Nº 2079. Resolución General Nº 1576, sus modificatorias y su complementaria. Resolución General Nº 2080. Resolución General Nº 2200. Norma modificatoria.
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Buenos Aires. Régimen de regularización de obligaciones tributarias. Ingresos brutos. Sellos. Inmobiliario. Automotores. Deudas vencidas o devengadas al 31/12/2007. Acogimientos realizados hasta el 31/7/2008. Condiciones especiales y beneficios adicionales.
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Buenos Aires. Régimen de regularización de obligaciones tributarias. Ingresos brutos. Sellos. Inmobiliario. Automotores. Deudas vencidas o devengadas al 31/12/2007. Deudas en proceso de fiscalización. Deudas no sometidas a fiscalización. Deudas en proceso de ejecución judicial. Extensión del plazo.
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Secretaría de Comercio Interior
ABASTECIMIENTO
Gas Oil. Apruébanse las normas sobre comercialización, intermediación, distribución y/o producción de gas oil.
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Administración Federal de Ingresos Públicos
IMPUESTOS
Procedimiento. Impuestos Varios. Sistema de "Cuentas Tributarias". Su implementación
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Secretaría de Comercio Interior
HIDROCARBUROS
Instrúyese a las empresas vinculadas al sector de refinería de petróleo y derivados del mismo, que deberán optimizar su producción a efectos de obtener los volúmenes máximos de su capacidad.
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Inspección General de Justicia
SOCIEDADES COMERCIALES
Resolución General 20/2004
Trámites de inscripción de la designación de administradores sociales (artículo 60, Ley Nº 19.550), especialmente de directores de sociedades anónimas y gerentes de sociedades de responsabilidad limitada.
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PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
Ley 26.337
Apruébase el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008. Disposiciones Generales.
Sancionada: Diciembre 5 de 2007
Promulgada Parcialmente: Diciembre 26 de 2007
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BIOCOMBUSTIBLES
Apruébase el Régimen de Promoción de la Producción de Bioetanol.
Sancionada: Diciembre 4 de 2007
Promulgada de Hecho: Enero 2 de 2008
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ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Modifícanse las Resoluciones Nros. 3486/ 2006 y 36/2007. Deróganse las Resoluciones Nros. 3139/2005, 3328/2005 y 3524/2006.
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Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
SERVICIOS POSTALES
Resolución 1356/2007
Inclúyense comunicaciones en el inciso a) del Artículo 2º de la Ley Nº 23.789, mediante la cual se estableció un servicio de telegrama y carta documento para los trabajadores dependientes, los jubilados y los pensionados absolutamente gratuito para el remitente.
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Ente Nacional Regulador del Gas
GAS NATURAL COMPRIMIDO
Resolución 141/2007
Prorrógase la puesta en vigencia del Artículo 12 de la Resolución Nº 3690/2007, mediante la cual se resolvió incorporar dispositivos de seguridad a la válvula de bloqueo del cilindro de almacenamiento de Gas Natural Comprimido (GNC).
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Resultando necesario la redacción de normas que sistematicen la aplicación del Artículo 5º de la Ley Nº 26.022, relativo al Régimen de Contravenciones y Sanciones del Sector Combustibles Sólidos Líquidos y Gaseosos a los efectos de su completa vigencia y con el fin de flexibilizar las condiciones bajo las cuales este se aplica en la actualidad, se pone en marcha la siguiente adecuación técnica, la cual será obligatoria para los sujetos pasivos de la misma, a partir del 1º de noviembre de 2007:
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Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Regímenes de percepción y retención.
Disposición Normativa Serie "B" N° 1/04.
Modificación.
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Administración Federal de Ingresos Públicos
OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución General 2322
Procedimiento. Solicitud de cancelación de inscripción en impuestos, recursos de la seguridad social y regímenes de retención y/o percepción, a través de "Internet". Requisitos y condiciones.
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Créase el "Registro de Accidentes de Trabajo". Establécense los procedimientos administrativos tendientes a realizar las denuncias de los accidentes de trabajo.
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Actualízase la Normativa para la Réplica de los Despachos de los sistemas de transporte y distribución de gas por redes.
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Auméntase el cupo de importación de Gas Oil, bajo el régimen establecido por el Artículo 2º de la Ley Nº 26.074.
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Establécense modificaciones que deberán efectuar las Estaciones de Carga de GNC a fin de brindar condiciones de atención igualitaria a las personas discapacitadas que conducen automóviles impulsados por Gas Natural Comprimido.
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Modifícase la Ley Nº 24.241, estableciendo la libre opción del Régimen Jubilatorio.
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Establécense normas reglamentarias y complementarias para hacer operativa la Ley Nº 26.222.
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Créase la Unidad de Coordinación de Fideicomisos, en el ámbito del citado Organismo. Objetivos.
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Modificación del Artículo 10º de la Resolución Nº 3690/2007, en relación con la incorporación de dispositivos de seguridad a la válvula de bloqueo del cilindro de almacenamiento de Gas Natural Comprimido (GNC).
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Créase el Programa de Energía Total en el ámbito del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, el cual tendrá como objetivo incentivar la sustitución del consumo de gas natural y/o energía eléctrica, por el uso de combustibles alternativos para las diferentes actividades productivas y/o la autogeneración eléctrica. Duración del Programa. Vigencia.
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Créase el “Registro de Empresas Adheridas al Programa de Energía Total”.
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Fíjase el Salario Mínimo, Vital y Móvil para todos los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, los de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador.
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Establécese un sistema de Asignación de Cupos de Importación, eximido del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, así como del Impuesto sobre el Gas Oil, hasta cubrir la cantidad de trescientos mil metros cúbicos de este último combustible y/o Diesel Oil.
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Modificación del Anexo II de la Resolución Nº 139/95, en relación con el Registro de Matrículas Habilitantes (RMH) para Fabricantes, Importadores, Productor de Equipos Completos y Centros de Revisión Periódica de Cilindros para GNC.
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Fíjase una bonificación del veinte por ciento de los Cargos Específicos establecidos en la Resolución del Ente Nacional Regulador del Gas Nº 3689/2007.
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Facúltase a la Dirección Nacional de Refinación y Comercialización, a determinar el diferimiento de la fecha en la cual se debe realizar la compensación de volúmenes de gas oil, ya sea por constancias emitidas o por las que se emitan en el futuro, para hacerla concordante con los períodos de mayor actividad agrícola.
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Establécese un régimen para la re-venta de servicios de transporte o de transporte y distribución firmes provistos a una Estación de GNC, titular de un contrato vigente o de un volumen de Reserva Mínima Inicial. Créase un registro de adhesión para Estaciones de GNC.
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Recargo sobre el Gas Natural. Decreto Nº 786/2002. Determinación e ingreso de la percepción. Resolución General Nº 1307 y su modificatoria. Su modificación.
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(B.O. 26/04/2007) Prorrogase en todos sus términos la vigencia de la Resolución Nº 3569/2006, a fin de que las prestadoras del servicio de distribución garanticen un abastecimiento mínimo diario en condición de Venta Firme GNC en cinco mil m3/día a todas las estaciones con servicio interrumpible que se encuentran habilitadas y en funcionamiento.
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Apruébanse normas operativas para la contratación de seguros previstos por el artículo 22 de la Ley Nº 25.675.
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Impuesto sobre los Combustibles Líquidos. Productos con destino exento y/o con impuesto diferencial. Reactivos químicos. Homologación
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