La Resolución 891/2025 impulsa la revisión integral de la normativa que regula la certificación técnica de los Centros de Revisión Periódica. Especialistas advierten que el sistema regulatorio aun presenta asuntos sin resolver.
La seguridad del Gas Natural Comprimido vuelve a ocupar un rol central en la agenda regulatoria. A través de la Resolución 891/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial, el Ente Nacional Regulador del Gas dispuso la apertura de una consulta pública para actualizar la norma NAG-444, el documento técnico que establece los requisitos para la Certificación de Aptitud Técnica de los Centros de Revisión Periódica de Cilindros.
La medida se apoya en un extenso informe técnico de la Gerencia de Innovación y Normalización, que concluyó que la revisión de la norma es “necesaria, oportuna y técnicamente justificada” para adecuar el marco regulatorio al desarrollo alcanzado en materia de cilindros y válvulas. El objetivo central es reforzar la seguridad del parque vehicular que utiliza GNC, armonizar criterios con normas internacionales como ISO 19078 e ISO 22434 y mejorar la capacidad operativa de los centros encargados de la inspección periódica.
El proyecto de actualización de la NAG-444 —que abarca desde responsabilidades técnicas hasta condiciones edilicias, equipamiento mínimo, manuales de procedimiento y criterios de condena o aprobación de componentes— quedará disponible para recibir observaciones durante 15 días hábiles administrativos. El proceso convocará a Organismos de Certificación, Centros de Revisión, Productores de Equipos Completos, Talleres de Montaje y a usuarios que deseen plantear sugerencias o inquietudes.
La iniciativa se inscribe dentro de las competencias conferidas al organismo por la Ley 24.076, que instruye al regulador a dictar normas de seguridad y procedimientos técnicos tanto para el gas por redes como para el GNC. También se apoya en el principio de publicidad de los actos administrativos, por lo que ENARGAS pondrá a disposición los antecedentes del expediente para su consulta en la sede central y en las delegaciones regionales.
Durante el plazo de consulta, los aportes podrán realizarse a través del sitio web oficial, en la sección “Elaboración Participativa de Normas”. Finalizado ese período, el organismo evaluará las propuestas, que no tendrán carácter vinculante pero sí formarán parte de los antecedentes del futuro acto administrativo.
En diálogo con Surtidores, el consultor especializado en GNC Luis Navas –participará como speaker del Foro Nacional de GNC- valoró el avance del organismo y aportó una mirada histórica. “La NAG 444 viene desde Gas del Estado y fue renombrada por el ENARGAS en 1991. Pasaron 34 años y obviamente la tecnología cambió, lo que ha motivado al ENARGAS a actualizar esta norma, que mantiene la esencia de destruir los cilindros que no sean aptos para su uso”, explicó.
Navas subrayó un punto crítico del texto técnico: “El aplastamiento del cilindro es la única garantía de que el cilindro condenado no volverá a utilizarse; sin embargo, no siempre sucede. Se debe insistir en este punto (9.1) de la norma en consulta para que se cumpla en todos los Centros de Revisión de Cilindros”. También destacó positivamente la continuidad del organismo en su tarea normativa: “Vemos con agrado que el ENARGAS, dentro de un proceso de unificación con el ENRE aún no implementado, siga actualizando normas que aportan mayor seguridad al sistema de GNC”.
Aun así, advierte que el sistema regulatorio presenta asuntos sin resolver: “Una asignatura pendiente sigue siendo la actualización de la NAG 418 de 1992, que especifica permisos, diseño, seguridad y funcionamiento de las estaciones de carga de GNC, un sujeto clave para el desarrollo presente y futuro del combustible gaseoso. Esperamos que pronto pueda actualizarse, porque al igual que la NAG 444 lleva más de tres décadas sin cambios”.
Fuente: Redacción SURTIDORES