11 de mayo de 2009
El pasado 16 de marzo de 2009 publicamos en este medio que el ENARGAS estaría otorgando 5.000 m3 de capacidad de transporte firme a todas aquellas estaciones de carga de GNC que cuentan con Servicio de Transporte Interrumpible GNC.
En efecto, el 29 de abril próximo pasado el Señor Interventor, por cuarto año consecutivo, ratificó mediante una nueva resolución (Resolución ENARGAS I/734) el concepto vertido anteriormente en el sentido que los usuarios no abastecidos por una estación de carga de GNC acudirían eventualmente a otra a los fines de obtener el mismo combustible.
Por tal razón, la Autoridad Regulatoria, accedió nuevamente a otorgar 5.000 m3 de transporte firme a estaciones que cuentan con Servicio de Transporte Interrumpible GNC existentes del 29-ABR-2009 hasta el 30-ABR-2010.
Dr. Luis María Navas
Asesor Legal de AES