• Es para que evitar que el pago se superponga con otros vencimientos y obligaciones que puedan tener los contribuyentes
• De esta forma los contribuyentes podrán cancelar su obligación, sin la necesidad de que le corran los intereses por mora, producto del pago fuera de término
• La medida se publicará en el Boletín Oficial, a través de la Resolución General 2819 y entrará en vigencia este mes. Continue reading
• De esta forma los contribuyentes podrán cancelar su obligación, sin la necesidad de que le corran los intereses por mora, producto del pago fuera de término
• La medida se publicará en el Boletín Oficial, a través de la Resolución General 2819 y entrará en vigencia este mes. Continue reading