5 de junio de 2008
Esto significa que cada estación de carga de GNC, dentro de la zona de distribución de Gas Natural Ban S.A., está autorizada a consumir por encima de su capacidad de reserva diaria.
Dr. Luis María Navas
Asesor Legal de AES
5 de junio de 2008
Esto significa que cada estación de carga de GNC, dentro de la zona de distribución de Gas Natural Ban S.A., está autorizada a consumir por encima de su capacidad de reserva diaria.
Dr. Luis María Navas
Asesor Legal de AES
28 de mayo de 2008
Luego de haber consensuado algunas cláusulas de los mismos, en reuniones mantenidas a tal efecto, AES, considera que los textos presentados están de acuerdo a lo establecido en la Resolución ENARGAS 220/2008, publicada en el Boletín Oficial el pasado 8 de abril.
La Licenciataria elaboró los siguientes convenios:
1) SERVICIO TRANSPORTE FIRME «GNC» (CRD menor o igual a RMI)
2) SERVICIO TRANSPORTE FIRME «GNC» (CRD mayor a RMI)
3) SERVICIO TRANSPORTE FIRME «GNC» (CRD mayor a RMI, cuando RMI=0)
4) SERVICIO TRANSPORTE INTERRUMPIBLE GNC.
En 2) y 3) se establece la llamada “cláusula ventana” por contar las estaciones de carga de GNC con mayor capacidad de transporte a la originalmente prevista o por ser estaciones que no tenían historial de consumo previo al Decreto PEN 180/2004. Sin dudas METROGAS S.A. es la única distribuidora que le ha permitido a las estaciones contar con mayor capacidad de transporte de la originalmente establecida e inclusive contar con servicio firme a las que tuvieron habilitaciones posteriores al citado decreto.
AES cree oportuno que, las estaciones de carga de GNC, formalicen los citados contratos a los efectos de adecuar la relación contractual al marco normativo vigente. Los modelos están disponibles al pie de esta nota.
Dr. Luis María Navas
Asesor Legal de AES
Nota:
RMI Reserva Mínima Inicial de Capacidad
CRD Capacidad de Reserva Diaria
27 de mayo de 2008
Luego de haber consensuado algunas cláusulas de los mismos, en reuniones mantenidas a tal efecto, AES, considera que los textos presentados están de acuerdo a lo establecido en la Resolución ENARGAS 220/2008, publicada en el Boletín Oficial el pasado 8 de abril.
AES cree oportuno que, las estaciones de carga de GNC, formalicen los citados contratos a los efectos de adecuar la relación contractual al marco normativo vigente. Los modelos están en sendos archivos al pie de esta nota.
Dr. Luis María Navas
Asesor Legal de AES
Descargar pdf Contrato Firme Descargar pdf Contrato Interrumpible
26 de mayo de 2008
METROGAS S.A. se encuentra analizando la situación, pero hasta el momento no tomó ninguna decisión de corte.
AES recomienda a todos los expendedores acatar esta orden, tomando todos los recaudos necesarios, toda vez que la sanción prevista por cada m3. vendido en exceso de la capacidad de reserva diaria contratada, consiste en el pago del valor correspondiente a 1 litro de nafta súper.
La razón del corte obedece a que el consumo residencial comienza su ascenso con las bajas temperaturas.
Dr. Luis María Navas
Asesor Legal de AES
13 de mayo de 2008
Hoy se publicó en La Nación una nota que denuncia que se acumula petróleo sin vender.
Por una oscura redacción de la Resolución del Ministerio de Economía y Producción Nº 394/2007, inspirada por el Secretario de Comercio, no se entiende bien a que precios vender el crudo.
¿Qué valor tomar para el mercado interno? Los refinadores afirman que los US$ 42 (Valor de Corte) deben ser un techo al que después hay que aplicarle los descuentos por cuenca. Así, pretenden pagar más barata la materia prima para refinar nafta o gasoil: un barril a US$ 38, por caso. Los productores, en cambio, consideran que los 42 deben ser un piso y que los descuentos, en todo caso, tienen que aplicarse sobre el valor internacional. Un barril de 46 dólares.
LA NACION buscó, sin éxito, una explicación de la Secretaría de Comercio Interior. Las petroleras prefieren el silencio. Pero, en la última semana de abril Chevron San Jorge ofreció al mercado 3.000 m3 de crudo a U$S 47.-. A nadie le pareció atractivo y otro cargamento se acumuló en el puerto.
La Resolución impone la siguiente fórmula para calcular los derechos de exportación:
d = Derecho de Exportación
Pi = Precio Internacional
VC= Valor de Corte
Tomando un valor actual del barril de aproximadamente U$S 120, el derecho de exportación, asciende al 185,71 %.
Es decir el productor obtiene, el valor de corte, U$S 42 y el estado nacional U$S 78.-
Dr. Luis María Navas
Asesor Legal de AES
12 de mayo de 2008
La Autoridad Regulatoria entiende que como conclusión de los estudios realizados se observó que los usuarios no abastecidos por una estación de carga de GNC acudirían eventualmente a otra a los fines de obtener el mismo combustible, subsistiendo tales condiciones al presente y que los consumidores tienen derecho a obtener servicios de provisión de gas seguro y continuo.
Este es el tercer año consecutivo que el ENTE decide de igual manera dando mayor seguridad al sistema.
Dr. Luis María Navas
Asesor Legal de AES
7 de mayo de 2008
Sin embargo, desde hace cierto tiempo se observan severos obstáculos al señalado incremento, como son:
Lamentablemente, no se advierte la disposición firme enderezada a suprimir o, al menos, atenuar estos escollos, cuya persistencia unida a la falta de voluntad política para combatirlos eficazmente, pone en grave peligro los resultados alcanzados.
Quizá una de los aspectos más problemáticos de nuestra economía puede observarse en el atraso, ya indiscutido, de las tarifas de los energéticos (ver página 36, revista AES Nº 235) que han llevado al tesoro nacional a producir continuos y crecientes egresos.
Los subsidios de que se vale el Estado para hacer frente a la crisis energética, así como los destinados a mantener sin actualizaciones el nivel de tarifas de transporte y electricidad, morigerar los aumentos de precios en alimentos y financiar empresas del estado, llegaron a aproximadamente $ 14.626.000.000 (catorce mil seiscientos veintiséis millones de pesos), el año pasado (*)
El último invierno se destinaron al sector energético 8.330,9 millones de pesos, algo más del doble que el año anterior, suma que importa casi el 60 por ciento del total de subsidios. Cammesa, la administradora del mercado eléctrico mayorista, recibió 4.428 millones de pesos para financiar la compra de fuel-oil para las centrales térmicas, que, por la escasez de gas, cedieron su cuota de consumo de ese fluido para garantizar el abastecimiento residencial, cifra que se triplicó respecto a 2006.
La Secretaría de Transporte distribuyó 4.218 millones de pesos, destinados a empresas de colectivos (1.864 millones), concesionarios de trenes y subtes del área metropolitana (2.307 millones), Ferrocarril General Belgrano (32 millones) y la aerolínea estatal LAFSA, con 3,6 millones.
Con la intención de poner límites a la suba en el precio de algunos alimentos, como leche, pollo, carne vacuna y derivados de trigo, girasol, maíz y soja, el Gobierno invirtió 1.181 millones de pesos. El resto de los fondos, 521,8 millones, se destinó a empresas públicas ( Sistema Nacional de Medios Públicos, AySA y la agencia Telam). Hubo 328,9 millones para el sector rural y forestal, 44,8 millones para la industria.
Ni un solo centavo en concepto de subsidios llegó a las estaciones de servicio, a pesar de que, como venimos denunciando desde estas páginas, los costos operativos crecientes y el precio vil que presentan hoy los combustibles líquidos han determinado que la rentabilidad sea negativa en la gran mayoría de las estaciones. Si a todo esto sumamos un aumento salarial del 21%, propuesto por el sindicato SOESGYPE y la federación FOESGRA, el resultado no puede ser peor.
Otra de las consecuencias indeseables de los bajos precios de los combustibles líquidos ha sido su repercusión negativa en las conversiones vehiculares a GNC, pues todo parece indicar que la diferencia actual entre el precio del gas natural comprimido y la nafta súper ya no alcanza a motivar a los consumidores para que éstos opten por el combustible gaseoso. Recordemos que, años atrás, la comparación se hacía entre el precio del gasoil y el GNC.
Si algo faltaba para hacer más completa la frustración del expendedor, eldesabastecimiento y el quiebre de stocks han llegado para conseguirlo. Por estos días muchísimas estaciones se han visto obligadas a colgar sus mangueras, generando nuevas pérdidas que vienen a sumarse a las ya existentes.
Dentro de este cuadro de situación asociaciones colegas se afanan porembanderar estaciones blancas y, con tan loable propósito, mantienen publicitadas reuniones con el Secretario de Comercio. En los medios masivos de comunicación son habituales las noticias que se difunden sobre este futuro embanderamiento. El resultado que todos conocemos nos exime de mayores comentarios.
Si las condiciones actuales se mantienen en el tiempo las importaciones de gasoil vendrán acompañadas con las de naftas y más adelante con las de petróleo crudo.
Así las cosas, se anuncia una próxima manifestación sindical ante el Congreso de la Nación, que seguramente pondrá sobre el tapete la problemática de nuestro sector. Y es justamente el Poder Legislativo el ámbito ideal para consensuar soluciones de fondo que contemplen los intereses de todos los integrantes de la cadena de valor.
Mientras tanto, solo nos queda continuar con la serie de reuniones que hemos iniciado con las diferentes compañías petroleras y las que mantendremos próximamente con autoridades nacionales, a los fines de continuar presentando los problemas, siempre irresueltos, que sufren los expendedores de combustibles, con el único propósito de contribuir a mejorar las condiciones actuales de suministro y comercialización.
Dr. Luis María Navas
Asesor Legal de AES
(*) Fuente: Nosis y Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera Pública
6 de mayo de 2008
Los biocombustibles tendrán un lugar destacado en nuestra ExpoAES 2008razón por la cual entendimos conveniente solicitar el auspicio del Instituto.
El Consejo Directivo del INTA, con la firma de su Presidente, Ing. Agr. Carlos A. Cheppi, resolvió mediante la Resolución Nº 261/2008 prestar a ExpoAES 2008 el auspicio institucional.
El INTA es un organismo creado en 1956, con el propósito de “impulsar y vigorizar el desarrollo de la investigación y extensión agropecuarias y acelerar con los beneficios de estas funciones fundamentales: la tecnificación y el mejoramiento de la empresa agraria y de la vida rural”.
Depende de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, con autarquía operativa y financiera.
El objetivo central del INTA es contribuir a la competitividad del sector agropecuario, forestal y agroindustrial en todo el territorio nacional, en un marco de sostenibilidad ecológica y social.
Consejo Directivo de AES
29 de abril de 2008
El ENARGAS aprobó los siguientes modelos de contratos:
I) Contrato Servicio Gas Natural Comprimido “Transporte Firme GNC”
II) Contrato Servicio Gas Natural Comprimido “Transporte Interrumpible GNC.»
En efecto, la Resolución ENARGAS 220/2008, publicada en el Boletín Oficial el pasado 8 de abril, estableció los modelos mencionados derogando los anteriores, Resolución ENARGAS 3035/2004, debido a que las distribuidoras desde el 1º de abril de 2006 ya no pudieron realizar contratos de corto, mediano o largo plazo para la compra de gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) para abastecer a estaciones de carga de GNC.
Distintas distribuidoras nos han hecho llegar sus propios modelos de contratos con cláusulas adicionales y que no resultan favorables a las estaciones de carga de GNC.
Por tal razón, AES sugiere que solo sean firmados los contratos aprobados por el ENARGAS. Dichos modelos, oficiales, son los que estamos publicando en la presente nota. Resulta positivo para el expendedor disponer de un contrato actualizado pero respetando los modelos del ENARGAS.
En síntesis: la Autoridad Regulatoria confeccionó los modelos de contrato que deben ser observados por las distribuidoras y las estaciones de carga de GNC y no existe ninguna razón para modificarlos.
Quedamos a disposición de los Socios por cualquier consulta adicional.
Dr. Luis María Navas
Asesor Legal de AES