Acerca del Código de Barras

jueves 10 de julio de 2008

Implementación del Código de Barras

Recordamos que el art. 29 del CCT 317/99 establece la contribución patronal del dos por ciento (2%) mensual por cada trabajador, la que debe liquidarse sobre el salario bruto. Este aporte deberá realizarse a través del sistema de boletas con código de barras. No se reconocerá ningún pago que no sea efectuado mediante depósito en el Banco de la Provincia de Buenos Aires (en cualquiera de sus sucursales), única entidad autorizada para el cobro.

A fin de confeccionar la correspondiente boleta informamos que ella puede imprimirse desde nuestro aplicativo en página web haciendo clic aquí, o bien solicitándolas telefónicamente o vía mail a nuestra sede. Para ello deberá comunicarse a los teléfonos (011) 4957-2711 ó (011) 4931-2765, o bien por correo electrónico.-

En la boleta deberá consignarse el nombre de la empresa, su número de CUIT, el período ingresado, cantidad de personal, total de remuneraciones y forma de pago (cheque ó efectivo).

Automaticamente el sistema determinará la contribución patronal (2%), que dará cumplimiento al artículo 29 del CCT 317/99.