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GNC: El poder calorífico afecta a la facturación

lunes 19 de mayo de 2025

La producción de gas natural en Neuquén, con el nuevo gas de esquisto, en otras palabras, el gas que se encuentra en las rocas sedimentarias, ha derivado en una mayor calidad o en todo caso gas natural con mayor poder calorífico.

Además, la salida transitoria de funcionamiento de la Planta de TGS SA de General Cerri, aledaña a Bahía Blanca, por las recientes inundaciones, ha dejado de procesar el gas natural para obtener etano, propano, butano y gasolina natural, que se utilizan como materia prima, para consumo interno y exportación. Por lo tanto, el poder calorífico ha ido en aumento en los últimos meses y días.

El ENARGAS, en la Adenda 1 de la NAG 602, define al poder calorífico como la cantidad de calor que es liberado por la combustión completa en aire de una cantidad especificada de gas, de manera tal que la presión a la cual ocurre la reacción permanezca constante, y todos los productos de la combustión estén a la misma temperatura de los reactivos.

Incidencia de mayor poder calorífico en la facturación:

El ENARGAS, ha definido como Metro Cúbico Equivalente, a la unidad de facturación del Gas Natural entregado, que se determinará multiplicando el número de Metros Cúbicos Standard por el Poder Calorífico Superior (expresado en Kilocalorías por

Metro Cúbico) y dividiendo por 9.300 Kcal/m³.

Para verlo en un ejemplo:

1) Consumo:                       70.000 metros cúbicos

2) Poder Calorífico:            10.000 Kcal/m³

3) Corrección a:                   9.300 Kcal/m³

4) Gas Natural Facturado: 75.268 m³

El Gas Natural Facturado, entonces, se da como el producto entre el Consumo por el Poder Calorífico dividido por la Corrección a 9.300 Kcal/m³, es decir:

1 x 2 / 3 = Gas Natural Facturado

Por lo tanto, se debe tener en cuenta:

1) En el caso de las estaciones de carga de GNC, el mayor poder calorífico del gas natural, no las beneficia. Si en cambio, beneficia al consumidor que lo utiliza en su vehículo.

2) El Factor de Corrección es aquel por el cual se corrige la lectura en función de normas técnicas establecidas para el correcto cálculo de consumos.

3) Las Distribuidoras publican regularmente en sus páginas web el Factor de Corrección.

4) Ese Factor de Corrección debe ser tenido en cuenta en los surtidores de GNC, donde es fundamental tener en cuenta la densidad del gas natural que puede variar según su estado y la temperatura a la que se encuentre.

5) Las estaciones de carga de GNC deberán contar con una regulación continua de los surtidores, a convenir con los Servicios Técnicos, teniendo en cuenta las variables indicadas, a los efectos de no tener mermas por cuestiones de medición.

Dr Luis María Navas

Editor Revista AES

¿Cuánto ahorrarán las Estaciones de GNC con las nuevas condiciones de compra de gas?

viernes 9 de mayo de 2025

Natural Energy y Metroenergía aplicarán la alícuota reducida del 10,5 por ciento para el cálculo del precio del gas natural, lo que representa un importante beneficio económico para los operadores.

Las Estaciones de Servicio que comercializan Gas Natural Comprimido recibirán un importante alivio en sus costos operativos durante el próximo año gracias a la implementación de una nueva alícuota reducida del 10,5 por ciento sobre el precio del litro de nafta súper, utilizada como referencia para calcular el valor del metro cúbico de gas natural destinado al expendio de GNC.

Este ajuste implica una significativa reducción respecto del índice anterior del 15,5 por ciento que regía hasta abril. El nuevo esquema implica una mejora concreta para la estructura de costos de las Estaciones de Servicio, especialmente en aquellas con altos volúmenes de venta.

De acuerdo con las cifras oficiales informadas por los principales comercializadores, Natural Energy SA tomará como referencia un valor de $1.230,15 por litro de nafta súper, lo que se traduce en un precio final de $129,17 por metro cúbico de gas natural para GNC. En tanto, Metroenergía SA fijará el valor del litro de nafta en $1.223,00, determinando un precio equivalente de $128,42 por metro cúbico de GNC.

Un ejemplo concreto permite dimensionar el impacto: una estación de GNC que comercializa mensualmente unos 80.000 metros cúbicos de gas natural, abonando ahora el precio con la nueva alícuota del 10,5 por ciento, enfrentará un costo aproximadamente $5.000.000 menor al que tendría bajo la alícuota anterior del 15,5 por ciento.

La medida ha sido bien recibida por el sector, que desde hace tiempo viene reclamando mecanismos que permitan sostener la competitividad del GNC frente a los combustibles líquidos. “Este cambio en la alícuota tiene un impacto directo y positivo sobre el precio que las estaciones pagan por el gas. Les permite recuperar margen de rentabilidad sin trasladar aumentos al surtidor”, explicó el consultor energético Luis Navas. “Además, ayuda a sostener el nivel de empleo y a mantener inversiones en infraestructura que muchas estaciones necesitan hacer”, agregó en diálogo con surtidores.com.ar.

Otro aspecto relevante es que el beneficio aplica de forma directa sobre la facturación que realizan las comercializadoras a las estaciones. Esto otorga previsibilidad a los operadores del sector, que podrán planificar sus finanzas con mayor certidumbre al menos durante este trimestre.

Vale remarcar que el nuevo valor de referencia de la nafta súper, es actualizado regularmente por las compañías petroleras y su evolución depende tanto de factores internacionales como de decisiones políticas internas. Por ello, el beneficio actual no garantiza su continuidad más allá de julio, lo que abre interrogantes sobre el segundo semestre del año.

Mientras tanto, el nuevo esquema representa un verdadero respiro para las estaciones de GNC, que vienen operando en un contexto complejo marcado por el incremento en los costos de mantenimiento, salarios, tarifas de servicios públicos y exigencias regulatorias. El ahorro generado podría incluso volcarse a mejoras en la infraestructura, renovación de equipos de compresión y modernización de instalaciones.

Fuente: Redacción Surtidores

Insólitas inspecciones en Estaciones de Servicio por un decreto de hace 50 años.

viernes 2 de mayo de 2025

Una situación tan insólita como preocupante se vive por estos días en estaciones de carga de GNC de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el conurbano bonaerense. Inspectores dependientes de la Secretaría de Industria y Comercio, organismo bajo la órbita del Ministerio de Economía, comenzaron a realizar visitas sorpresivas con requerimientos que desconciertan a los operadores del sector. En concreto, exigen documentación amparada en un decreto firmado hace más de medio siglo, durante el Gobierno de facto del general Alejandro Agustín Lanusse.

Los funcionarios, que recorren distintas estaciones, dejan actas bajo apercibimiento de imputar a los titulares por presunto incumplimiento del Decreto 19.511 del año 1972. Según ese decreto, se debería exhibir un certificado de verificación primitiva o periódica de los surtidores. Sin embargo, lo que más llama la atención es que los inspectores, en muchos casos con escaso conocimiento técnico, solicitan verbalmente la presencia de “la chapita del INTI”, un mecanismo de control que solo aplica a los surtidores de combustibles líquidos y no al GNC.

Desde el sector rechazan estas intimaciones por considerarlas carentes de sustento legal en el contexto actual. “Estos inspectores desconocen cómo funciona el sistema de control sobre los surtidores de GNC. Piden documentos que no existen o que son irrelevantes, como los certificados primitivos de verificación, cuando lo cierto es que esos equipos tienen más de 20 años y han sido calibrados periódicamente conforme a las normativas vigentes”, señaló el consultor Luis Navas a surtidores.com.ar.

La confusión parece radicar en una interpretación literal y desactualizada del decreto, sin contemplar la evolución normativa y técnica que ha experimentado la actividad desde entonces. Desde los años 80, y particularmente desde la creación del ENARGAS en 1992, la regulación y el control de los equipos de GNC pasaron a estar bajo la órbita de ese organismo, en articulación con las distribuidoras zonales que ejercen poder de policía sobre el servicio. De hecho, todas las estaciones están obligadas a realizar calibraciones semestrales de los surtidores mediante servicios técnicos habilitados, los cuales emiten los correspondientes certificados de control.

En ese sentido, las estaciones de GNC cumplen con lo establecido por la normativa actual. Gas del Estado primero y ENARGAS después reglamentaron de forma clara y sostenida la forma en que se deben calibrar los equipos, sin que exista necesidad ni obligatoriedad de conservar documentos históricos como los certificados de verificación primitiva de hace décadas. Además, los surtidores de GNC no son verificados por el INTI, como sí ocurre con los de nafta o gasoil.

Los empresarios del sector consideran que estas inspecciones no solo generan un desgaste innecesario, sino que evidencian una falta de actualización normativa por parte del Estado. “Estamos totalmente a favor del control y la fiscalización, pero debe hacerse con conocimiento de causa y respeto por el marco normativo vigente. Lo que está ocurriendo es un abuso burocrático que genera inseguridad jurídica y un enorme gasto de tiempo y recursos”, expresó Navas.

Distintas cámaras empresarias ya comenzaron a articular acciones para poner en conocimiento a las autoridades sobre lo que consideran una “arbitrariedad administrativa”. Se espera que, en los próximos días, se eleven presentaciones formales solicitando la revisión del accionar de los inspectores y una interpretación coherente con el estado actual de la normativa.

Fuente: Redacción Surtidores