Nuestros asociados nos hacen saber la recepción de una nota firmada por el asesor legal de FECOBA (Sr. Tobalo), en la cual sostienen que por haberse desestimado los recursos opuestos ante el MTEySS contra el CCT 488/07, dicho convenio debe aplicarse en todo el territorio de la Pcia. de Buenos Aires, sugiriendo con tono levemente intimidatorio que FECOBA “se encuentra en el deber de recordar a los Sres. expendedores radicados en la Pcia. de Bs. As. la obligatoriedad de aplicación de la CCT 488/07 por sobre cualesquiera otra norma convencional colectiva de pretendida aplicación en el ámbito provincial, ello a los fines de evitar los perjuicios que podrían derivar de la omisión o erróneo encuadramiento convencional del personal comprendido en los alcances del CCT 488/07”
Creemos que quien difunde dicho texto se encuentra, en el mejor de los casos, en un error, toda vez que aun cuando el Ministerio de Trabajo haya desestimado los recursos interpuestos contra el CCT 488/07, siempre está disponible la revisión por vía judicial, instancia a la que acudiremos ante el hecho notorio y sorprendente de superponerse geográficamente con convenios anteriores y plenamente vigentes.- Recordamos a nuestros asociados, que el preexistente y ultravigente CCT 317/99, fue ratificado en todas sus partes el día 31/08/07 por las entidades sindicales SOESGyPE y FOESGRA, por lo que quien lo cumpla no puede ser objeto de reclamo alguno generado por su correcta aplicación.
Recordamos asimismo que los aportes del 2% correspondientes al fondo convencional, dispuestos por el art. 29 del CCT 317/99, deben realizarse a través de a través del sistema de boletas con código de barras que se imprimen desde nuestra pág. web, pudiendo realizarse también a través de boletas manuales que se distribuyen por correo. El Banco de la Provincia de Buenos Aires (en cualquiera de sus sucursales), es la única entidad ante la cual pueden realizarse los pagos.
Ante cualquier inquietud, no dude en comunicarse con nuestros asesores letrados, llamando al 4957-2711, o bien a través de nuestra dirección de mail: asesoría@aesargentina.com
Asesoría Legal AES