Actualidad

¿Información Intencionalmente Errónea?

jueves 7 de febrero de 2008
Nuestros asociados nos hacen saber la recepción de una nota firmada por el asesor legal de FECOBA (Sr. Tobalo), en la cual sostienen que por haberse desestimado los recursos opuestos ante el MTEySS contra el CCT 488/07, dicho convenio debe aplicarse en todo el territorio de la Pcia. de Buenos Aires, sugiriendo con tono levemente intimidatorio que FECOBA “se encuentra en el deber de recordar a los Sres. expendedores radicados en la Pcia. de Bs. As. la obligatoriedad de aplicación de la CCT 488/07 por sobre cualesquiera otra norma convencional colectiva de pretendida aplicación en el ámbito provincial, ello a los fines de evitar los perjuicios que podrían derivar de la omisión o erróneo encuadramiento convencional del personal comprendido en los alcances del CCT 488/07
Creemos que quien difunde dicho texto se encuentra, en el mejor de los casos, en un error, toda vez que aun cuando el Ministerio de Trabajo haya desestimado los recursos interpuestos contra el CCT 488/07, siempre está disponible la revisión por vía judicial, instancia a la que acudiremos ante el hecho notorio y sorprendente de superponerse geográficamente con convenios anteriores y plenamente vigentes.- Recordamos a nuestros asociados, que el preexistente y ultravigente CCT 317/99, fue ratificado en todas sus partes el día 31/08/07 por las entidades sindicales SOESGyPE y FOESGRA, por lo que quien lo cumpla no puede ser objeto de reclamo alguno generado por su correcta aplicación.
Recordamos asimismo que los aportes del 2% correspondientes al fondo convencional, dispuestos por el art. 29 del CCT 317/99, deben realizarse a través de a través del sistema de boletas con código de barras que se imprimen desde nuestra pág. web, pudiendo realizarse también a través de boletas manuales que se distribuyen por correo. El Banco de la Provincia de Buenos Aires (en cualquiera de sus sucursales), es la única entidad ante la cual pueden realizarse los pagos.
Ante cualquier inquietud, no dude en comunicarse con nuestros asesores letrados, llamando al 4957-2711, o bien a través de nuestra dirección de mail: asesoría@aesargentina.com

Asesoría Legal AES

¿Cuántas estaciones de servicio tiene Argentina?

miércoles 6 de febrero de 2008

Avance Nota Revista AES Nº 232 Febrero 2008

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Al finalizar el año 2004 la Secretaría de Energía dio a conocer dos Resoluciones: la Resolución 1102/2004 publicada en el Boletín Oficial del 5-ENE-2005 que creó el Registro de Bocas de Expendio de Combustibles Líquidos; Consumo Propio; Almacenadotes; Distribuidores y Comercializadores de Combustibles e Hidrocarburos a Granel y de Gas Natural Comprimido. Estableció los requisitos para la inscripción; incumplimientos y aplicación de penalidades. También se refirió a establecimientos con tanques de almacenaje subterráneo y no subterráneo; a empresas auditoras de seguridad; modificó otras resoluciones y estableció valores de referencia y un régimen jurídico para la aplicación de sanciones.

Por otra parte la Resolución 1104/2004 publicada en el Boletín Oficial del 10-NOV-2004 creó el Módulo de Información de Precios Mayoristas de Combustibles, como parte integrante del Sistema de Información Federal de Combustibles. También especifico la forma de presentación de información relativa a precios y volúmenes a cargo de los titulares de las empresas inscriptas en el Registro de Empresas Petroleras, Empresas Elaboradoras y/o Comercializadoras; información sobre localidades y puertos y sectores de comercialización.

En la actualidad ingresando a la página de la Secretaría de Energía se puede acceder a la información de ambas Resoluciones. Los datos han sido volcados en una planilla Excel para ambos casos.

Del análisis del cuadro presentado a continuación, Resolución SE 1102/2004, surge claramente que existen 9.262 empresas de las cuales 1.412 no se sabe a que sector pertenecen. Las autoridades de la Secretaría sostienen que fueron errores de carga de inicio y aún no se han depurado. También hay diferencias entre las cantidades de las distintas bocas de venta porque son llamadas de maneras distintas. El total de bocas de ventas minoristas totaliza 4.896estaciones de servicio, mientras que cuando se abren por tipo de negocio llegan a 4.869. También este cuadro informa por si mismo todas las empresas que utilizan combustibles y que no pasan por las estaciones de servicio.

Secretaría de Energía de la Nación

Registro de Expedientes de Inscripciones RES 1102/2004

Actualizado al 16/01/2008

Cantidad de empresas registradas 9262
Tipo de negocio
Abastecedor Agro-Industrial 142
Abastecedor General ( Venta de Combustibles a otras instalaciones ) 2
Abastecedor Naval ( Venta de Combustibles para embarcaciones ) 8
Aeroplanta ( Venta de combustibles para aeronaves ) 4
Almacenador 14
Boca de expendio ( Venta por menor ) 4896
Boca de expendio para consumo propio ( Arroceros ) 13
Boca de expendio para consumo propio ( Depositos no permanentes ) Obradores 92
Boca de expendio para consumo propio ( Instalaciones fijas ) 1614
Comercializador ( Ventas a granel mayorista ) 87
Distribuidor ( Con camiones ) 118
Distribuidor por cuenta y orden de terceros ( Fleteros ) 689
Playa de almacenamiento de Coque 12
Revendedor General ( Venta a granel mayorista, incluye tambores) 159
Sin determinar 1412
TOTAL 9262
Tipo de Boca de expendio ( Venta por menor )
Liquidos 3380
Liquidos + GLPA 6
GLPA 1
GNC 545
Liquidos + GNC 937
TOTAL 4869
Ubicación de las Bocas de Expendio ( Venta por menor )
Ciudad de Buenos Aires 278
Provincia de Buenos Aires 1811
Resto del país 2807
TOTAL 4896

El cuadro con los datos de la Resolución SE 1104/2004 indica que son 4.438las estaciones de servicio, unas 458 menos que las de la Resolución SE 1102/2004.

Secretaría de Energía de la Nación

Registro RES 1104/2004

Fuente Secretaría de Energía 16/01/2008

Cantidad de Bocas de Expendio 4438
Tipo de Boca de Expendio
Liquidos 2980
Con GNC ( Duales ó Solo GNC) 1458
TOTAL 4438
Ubicación de Boca de expendio
Ciudad de Buenos Aires 292
Provincia de Buenos Aires 1617
Resto del interior del país 2529
TOTAL 4438

Asimismo, las estaciones que expenden gas natural comprimido, estaciones de carga de GNC, son 1.482 si los datos se toman de la Resolución SE 1102/2004. Sin embargo la Resolución SE 1104/2004 las posiciona en 1.458. Finalmente si se consulta al ENARGAS, la cantidad de estaciones de carga de GNC llegan a1.591 (al 18-ENE-2008).

En definitiva, por el momento, no es posible determinar cuántas estaciones de servicio se encuentran operativas en nuestro país.

Dr. Luis María Navas

Asesor Legal de AES

Comienzan las presentaciones de las obras relativas a la Rejilla Perimetral y a la Protección Catódica.

viernes 1 de febrero de 2008
Según el cronograma establecido por la Secretaría de Energía, a partir de febrero y hasta el último día de junio, las empresas deberán comunicar los planes de obras de adecuación de infraestructuras para que el organismo se encargue de la supervisión. Las firmas abocadas a la protección catódica ya empezaron a trabajar y no vislumbran inconvenientes para cumplir con las fechas establecidas por la cartera estatal.
La Secretaría de Energía de la Nación ha advertido que muchas estaciones de bandera blanca y propietarias con abanderamiento en la modalidad de consignación o concesionamiento de marca no han llegado en tiempo y forma a cumplir con todos los requisitos de protección catódica establecidos para las bocas de expendio de combustibles, que debían tener completado al 31 de julio de 2007 el establecimiento e instrumentación de un sistema de ese tipo en las instalaciones del Sistema de Almacenamiento Subterráneo de Hidrocarburos (SASH) y otras obras de infraestructura.
Ante ese panorama, las autoridades de la cartera redactaron un acta de compromiso para estaciones de servicio PyMEs. A través de ese documento, tanto los propietarios, concesionarios y consignatarios asumieron la responsabilidad de cumplir con un cronograma para adecuar las instalaciones, que dispuso que el 31 de enero venza el término para las presentaciones de los acuerdos compromiso y de los contratos para los trabajos relativos a la rejilla perimetral y protección catódica de los tanques ante la Secretaría de Energía y que el 1 de febrero comenzara el plazo para que las empresas efectúen la comunicación de los planes de obras de adecuación de la infraestructura para la supervisión del organismo estatal.
En último lugar, el cronograma estableció que hasta el 31 de enero de 2009 se deberá ir comunicando la finalización de las obras, debiendo estar debidamente finalizadas al cumplirse esa fecha y certificadas por una empresa auditora de seguridad registrada en la Secretaría de Energía.

Opinión de las empresas que realizarán las obras

Con respecto a las medidas tomadas por la Secretaría de Energía, Javier Bustos, directivo de la firma A.J.B., comentó a este medio que la compañía que comanda está altamente preparada para dar cumplimiento a los requisitos formulados por la cartera. “En el norte del país, específicamente en provincias como Chaco, Corrientes, Formosa y Misiones, venimos trabajando con dos años de anticipación en la adecuación de los sistemas de protección catódica”, sostuvo.
Asimismo, el ejecutivo explicó que, de acuerdo al cronograma de tareas y a los equipos que tienen en obra, estima que van a llegar muy bien a terminar los trabajos que tienen que hacer para el 31 de enero del año próximo. Y agregó que, para poder alcanzar esa meta, la empresa cuenta con un amplio depósito, unidades modernas, un gran equipamiento y personal muy capacitado. “Perseguimos un sólo objetivo: brindar un servicio de calidad, que ofrece tranquilidad a aquellas empresas que depositaron su confianza en nuestra reputación”, declaró.
Luego, en A.J.B. planean continuar con las tareas de mantenimiento que requieren esta clase de sistemas, ya sean en corriente impresa o galvánica. “La Secretaría de Energía estableció un control anual de las mismas. Este punto lo veo más que bien porque refleja como están realizados los trabajos en las estaciones de servicio por las empresas. Lamentablemente no se ha tenido un control sobre cómo y qué instalan las compañías y más de un estacionero se dio la cabeza contra la pared al haber sido engañado en su buena fe”, remató Bustos.
Por su parte, Hugo Hernández, representante de Selec E&E, confirmó a Revista AES que la firma ya está realizando trabajos de protección catódica en vista de la fuerte demanda que comenzó a partir del mes de diciembre.
“Contamos con tres equipos que en estos momentos están en distintas partes del país llevando adelante trabajos en un promedio de tres estaciones por semana cada grupo”, detalló. “A nuestro entender, no creemos que sea necesaria alguna prórroga para extender el plazo del 31 de enero de 2009. La empresa brinda facilidad de pagos a los estacioneros que ha propiciado que muchos realicen los trabajos antes del 31 de enero, quedando un porcentaje menor a consumar a partir del 1 de febrero. Por tal motivo, estamos en condiciones de cumplir cómodamente con los trabajos que restan efectuar. Luego, una vez terminadas las obras, planeamos continuar con las labores de medición para corroborar el correcto funcionamiento del sistema, que son quehaceres que se deben realizar todos los años”.
Finalmente, la Ingeniera Caputo, titular de la empresa ing. Caputo & Asociados, informó que cuenta con una dotación de empleados capacitados que pueden dar respuesta a los compromisos asumidos con la Secretaría y mantener el nivel de asesoramiento a los clientes. “Todo nuestro personal conoce el manejo de las técnicas que le permiten a la estación de servicio mantener su operatividad mientras se ejecutan los trabajos”, completó. “Después de finalizar las obras de emplazamiento, nos abocaremos a las tareas de mantenimiento preventivo que las instalaciones requieren, que consiste en una medición anual que permite conocer el estado real del revestimiento del tanque y el desgaste del ánodo”.

Protocolo

La Secretaría de Energía ha establecido un protocolo para la ejecución de los trabajos de protección catódica de sistemas de almacenaje subterráneo de líquidos inflamables y combustibles, y para la instalación de material galvánico o de corriente impresa en las instalaciones SASH.
Se trata, a grandes rasgos, de consideraciones básicas que se deben tenerse en cuenta antes de definir la contratación del servicio, también de requerimientos exigibles y de mediciones de pruebas a realizar y de cómo hacer la constatación y verificación de lo instalado para la recepción de los trabajos.
“El protocolo que ha establecido la Secretaría ha ordenado y unificado la forma de recopilar la información, pero no agrega exigencias adicionales”, consideró Hernández.
Bustos opinó que las normas de aplicación son muy claras, por lo que no hay lugar a confusiones al respecto.
En relación a este tema, Caputo confirmó que los procedimientos de trabajo que lleva adelante la compañía que lidera están acordes a las normas que ha establecido la Secretaría de Energía en su protocolo.

Asesoría AES

La Reserva de Capacidad en las estaciones de GNC.

jueves 31 de enero de 2008
Como sabemos, el Decreto PEN 180/2004, modificó sustancialmente la normativa aplicable en las estaciones de carga de GNC.
La Reserva de Capacidad Inicial (RMI), o capacidad de transporte de cada estación, quedó definida de acuerdo a los artículos 23 y 24 del citado Decreto. El cuadro que a continuación se detalla corresponde a la RMI de todas las estaciones de carga de GNC del país, donde pueden observarse dos columnas: una con la RMI de origen, y la otra con esa reserva de capacidad a sep/2005. Las diferencias se deben a distintos ajustes según la fecha de inicio de actividades de cada estación; así, existen las que nacieron con Servicio Venta Interrumpible GNC y luego, por determinación del ENARGAS, pasaron a ser firmes; y otras, por la venta o cesión de transporte que alguna de ellas hubiera realizado hasta sep/2005 en concordancia con la Resolución de la Secretaría de Energía Nº 606/2004.
Distribuidora Reserva Mínima Inicial [m3./día] Reserva contratada a SEP/2005 [m3/día]
CAMUZZI 1964996 1863432
GASNEA 135501 69907
CENTRO 1543785 1543785
CUYANA 1073391 1073391
GASNOR 954820 11591451
GAS BAN 2429488 2419988
METROGAS 2557827 2640601
REDENGAS 66200 66200
EMGASUD 42000 42000
LITORAL GAS 821400 1110864 1002412
SEP-MAY JUN-AGO
TOTALES 11589408 11989313 11880861
Debe destacarse que estos, aproximadamente, 12 millones de metros cúbicos día de capacidad de reserva para todo el segmento del GNC no se corresponden con la venta actual, cuyo volumen es muy inferior a causa de una pronunciada desaceleración en las conversiones de nuevos vehículos, cuya explicación se encuentra, fundamentalmente, en el atraso en los valores de los combustibles líquidos.
Ahora bien, esta RMI constituye un derecho para las estaciones de carga de GNC y así lo ha entendido la Secretaría de Energía. Por lo tanto cada una de las estaciones al conocer la capacidad con que cuenta, sabe también cuáles son sus derechos para proceder a la venta de GNC. Una nueva subasta se aproxima y este dato es relevante para solicitar el fluido.
La mayoría de las bocas de expendio no cuentan con un contrato de transporte y distribución, salvo aquellas que se fueron habilitando recientemente. Tampoco cuentan con ningún contrato de compra venta de gas suscripto entre la estación y sus proveedores.
Desde AES quedamos a disposición de todas las estaciones para informarles acerca de la capacidad de reserva con que cuenta cada una de ellas.

Dr. Luis María Navas

Editor Revista AES

Ultimo Aviso: Protección Catódica y Rejillas Perimetrales.

lunes 28 de enero de 2008
Protección Catódica y Rejillas Perimetrales Vencimiento presentación: 31 de Enero 2008
Todas aquellas bocas de expendio de combustibles líquidos y duales que no cuenten con protección catódica para el Sistema de Almacenaje Subterráneo de Hidrocarburos y rejillas perimetrales, tendrán como plazo definitivo el 31 de Enero de 2008 para presentar el Acta_Compromiso acompañada del convenio que deberá celebrar el expendedor con la empresa encargada de las tareas.
Se deberá tener, especialmente, en cuenta para las obras lo especificado en el Protocolo elaborado por la Secretaría de Energía.
AES hará la presentación para todos los Socios que así lo soliciten.

Dr. Luis María Navas

Asesor Legal AES

Cambios en el ENARGAS.

viernes 25 de enero de 2008
En estos días habría en el ENARGAS cambios en la Gerencia de Distribución y en la Gerencia de GNC. Cabe recordar que inicialmente ambas gerencias estaban unificadas en la de Distribución.
El Ing. Roberto Prieto, actual Gerente de GNC, pasaría a ocupar la Gerencia de Distribución y el Ing. Eduardo Milano ocuparía la de GNC. Este último funcionario ya había formado parte del ENARGAS y en los últimos años estuvo en Camuzzi Argentina SA, controlante de Camuzzi Gas Pampeana SA y Camuzzi Gas del Sur SA, atendiendo los Proyectos de GNC en la Gerencia Técnica.

Dr. Luis María Navas

Asesor Legal AES

Nueva Resolución de la Secretaría de Comercio de la Nación.

viernes 25 de enero de 2008
Se publicó en el Boletín Oficial la Resolución de la Secretaría de Comercio Nº 14/2008. La misma hace saber a las empresas vinculadas al sector de refinería de petróleo y derivados del mismo, que deberán optimizar su producción a efectos de obtener los volúmenes máximos de su capacidad.
Si entendemos por optimizar, “buscar la mejor manera de realizar una actividad”, con esta Resolución se hizo saber que las citadas empresas deben buscar la mejor manera para obtener los volúmenes máximos de su capacidad.

Dr. Luis María Navas

Asesor Legal de AES

Los expendedores, otra vez convidados de piedra.

viernes 11 de enero de 2008
Recientemente el Secretario de Comercio anunció que no autorizaría exportaciones de combustibles hasta tener abastecido el mercado local y que los precios en surtidor se debían retrotraer al 31-OCT-2007.
Según las últimas informaciones que dan los portales de Internet, el Gobierno Nacional y las petroleras con la excepción de SHELL, habrían llegado a un acuerdo para volver a los precios del 31-OCT-2007. Como contrapartida se autorizarían nuevamente las exportaciones.

Si esto se confirma, y todo parece indicar que así será, nuevamente los expendedores de combustibles serán quienes pierdan. Los costos serán cada vez mayores y los ingresos menores. No se pudieron conseguir ni mayores bonificaciones ni mejores precios, razón por la cual la rentabilidad pasa a ser negativa.

El Secretario de Comercio hace más de un año que prometió a los expendedores estudiar y compensar el impacto del aumento de sueldos. Ya se concretaron dos aumentos de salarios, y “NO HUBO NINGUNA PROPUESTA OFICIAL”.
Para demostrar la necesidad de medidas urgentes parece que el cierre de más de dos mil estaciones de servicio no ha sido suficiente para lograr que nuestro sector sea económicamente viable.
El Consejo Directivo de AES resolvió quedar en sesión permanente a fin de analizar la nueva situación y decidir las medidas y propuestas más adecuadas en defensa de los legítimos derechos e intereses de los expendedores.

Consejo Directivo AES

Obleas: Automotores y Motocicletas – Operaciones Enero-Febrero 2008.

viernes 11 de enero de 2008
El ENARGAS dió a conocer en su página web, www.enargas.gov.ar el procedimiento a llevar a cabo para las operaciones que se realicen durante los meses de Enero y Febrero de 2008.
A continuación se reproduce dicha información que resulta de suma utilidad para el expendedor de GNC para el momento en que deba verificar la oblea antes de proceder a la carga.

Oblea Automotoresoblea

A partir del número 16.190.001 en adelante.

Se pone en su conocimiento que con motivo de inconvenientes en el proceso de Licitación de las obleas con vencimiento 2009, resulta necesario definir un procedimiento a seguir para la habilitación de las operaciones efectuadas en vehículos propulsados con Gas Natural, durante los meses de enero y febrero hasta tanto se regularice la situación.
Se adoptará la oblea con vencimiento año 2008, en reemplazo de la que debería utilizarse con vencimiento 2009, teniéndose en cuenta los extremos que se indican a continuación:

- Se deberá perforar el número OCHO (8) correspondiente al año de vencimiento 2008. Esta perforación, del número «OCHO», corresponde al año del vencimiento e indicará que la oblea está siendo utilizada para reemplazar a aquella cuyo vencimiento operaría en enero y febrero del año 2009.

- Se perforará el número «1» o “2” en relación con los meses de enero o de febrero, atendiendo al momento de la realización de la operación. Conforme a lo precedentemente indicado, la habilitación de la instalación vehicular que utilice una oblea de estas características, tendrá validez hasta fin de enero o febrero del año 2009, según corresponda. En tal sentido y a los efectos de desalentar la utilización de documentos apócrifos, el procedimiento referido se aplicará exclusivamente en aquellas obleas de vigencia de la habilitación cuya numeración sea superior a 16.190.001. Finalmente, se requiere de los PECs, arbitrar todos los medios necesarios y suficientes para dar estricto cumplimiento por lo aquí indicado, para lo cual deberá comunicar fehacientemente este procedimiento a cada uno de los Talleres de Montaje (TdM) por ellos reconocidos.

Oblea Motocicletas

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- Numeración: M 000001 al M 010000 inclusive.

- Medidas: 70mm x 40mm

- Color: celeste

- Norma de aplicación: NAG E 407

 

Dr Luis María Navas

Asesor Legal AES